La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Menorca se enfrenta a un futuro incierto. El Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, contempla, entre sus medidas liberalizadoras, la eliminación de la obligatoriedad de pertenencia de las empresas a las Cámaras y, por lo tanto, el pago voluntario de las cuotas. Una modificación de la normativa vigente, la Ley 3/1993, que amenaza, según declaró ayer la presidenta de la Cámara de Comercio de Menorca, Magdalena Pons Quintana, la supervivencia de las entidades de menor tamaño y que tiene ya una primera consecuencia: la paralización, sin fecha, del traslado a una nueva sede en el Polígono Industrial de Maó.
Un proyecto para el que se dispone de terrenos pero postergado por los problemas presupuestarios y que ahora se presenta cada vez más improbable, cuando lo que está en juego es la propia entidad. La incertidumbre planea asimismo sobre los puestos de trabajo de la Cámara, ya que "con las cuotas pagamos la estructura, el mantenimiento de la entidad, los servicios, y ahora nos encontramos con un decreto que se ha tramitado de un modo muy feo por parte del presidente del Gobierno, sin ni siquiera consultarlo con los ministerios de Industria y de Comercio", afirmó Pons Quintana tras la reunión mantenida ayer en Madrid por todos los presidentes en un pleno extraordinario del Consejo Superior de Cámaras.
En la Cámara de Menorca trabajan cuatro técnicos y su secretario, Pedro Monjo, quien no se mostró optimista sobre las posibilidades reales de competir de las cámaras pequeñas en la venta de servicios, única salida que de momento se vislumbra, aunque también apuntó la posibilidad de que las instituciones públicas firmen convenios de gestión que permitan a las cámaras obtener recursos.
El secretario de la Cámara recordó que este año las empresas todavía deberán pagar las cuotas obligatorias, ya que en 2011 se pondrán al cobro las cuotas devengadas por los impuestos del ejercicio 2009. A partir de 2012 las empresas decidirán si pertenecen o no a las cámaras y las cuotas sólo serán exigibles a aquellas que estén sujetas al Impuesto sobre Sociedades "cuyo importe neto de cifra de negocios haya sido igual o superior a 10 millones de euros, en el ejercicio anterior", según estipula el Decreto-Ley.
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