El Consell de Govern aprobó ayer el decreto ley de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible, una norma que fija una nueva regulación de suelo urbano y urbanizable y que permitirá que los ayuntamientos de las islas puedan llevar a cabo modificaciones urbanísticas aunque "no les quita la obligación de adaptarse" a los planes territoriales.
Así se ha manifestado el conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, Biel Company, quien ha detallado que esta normativa "ayudará a desbloquear muchas iniciativas de los ayuntamientos". Además, ha incidido en que la norma no ha sido elaborada para aprobar una urbanización en concreto, sino para que cada municipio "haga lo que crea dentro de los márgenes legales".No obstante, ha admitido que podría haber "alguna urbanización que algún municipio podría intentar recuperar". Aunque "no es el espíritu ni la intención" del decreto. No hay "barra libre", ha añadido el conseller, que ha remarcado su preocupación por las indemnizaciones -que superan los 900 millones de euros- que se reclaman al Ejecutivo balear por los proyectos que fueron paralizados.
El conseller de Ordenación del Territorio de Menorca, Cristóbal Huguet, se mostraba ayer muy satisfecho por el decreto. Destaca que permitirá resolver la problemática de los núcleos rurales próximos a las poblaciones, una de las grandes cuestiones pendientes de la ordenación urbanística. Además se plantean formas para restituir la legalidad en suelo rústico, ya que "el objetivo ha de ser éste y no la recaudación de las multas". Reconoce que pueden producirse contradicciones con el PTI con relación a las normas para suelo rústico, aunque confía en que puedan aprobarse adaptaciones durante el trámite parlamentario. "De todas formas, ya hemos manifestado nuestra intención de revisar el PTI", afirma el conseller. También valora en positivo que el decreto exonere del pago de impuestos en el caso de proyectos de instalaciones de transformación en las explotaciones agrarias.
Para Cristóbal Huguet "es muy importante la seguridad jurídica y la agilización de los trámites". Pone como ejemplo las nuevas fórmulas y condiciones de cesión del aprovechamiento medio de las zonas urbanizables. Igualmente, se refiere a las posibilidades que tendrán los ayuntamientos para dar una respuesta rápida a una cuestión urbanística y evitar así los procesos excesivamente burocráticos. En este aspecto podrán modificar el planeamiento sin necesidad de que éste esté adaptado al PTI o no se contenga en el catálogo del Patrimonio Histórico.