Solo el 18 por ciento de las custodias concedidas en 2013 en España fueron compartidas. Pero la madre, que entonces era beneficiaria en exclusiva en el 76 por ciento de los casos, empieza a ver rebatida esta situación.
El fallo del Tribunal Supremo, que en mayo de ese mismo año empezó a defender la custodia compartida del menor como la «mejor solución» tras la separación de sus padres, comienza a proliferar también en las resoluciones de los jueces de primera instancia e instrucción de Menorca.
Desde hace un año son más frecuentes que nunca las sentencias que reconocen a ambos progenitores los mismos derechos y, en consecuencia, idéntica responsabilidad presencial en el día a día de sus hijos. «Es lo normal e incluso deseable», invoca el Tribunal Supremo, que solo rechaza este régimen si la conflictividad entre los padres llega a afectar al menor. Una reforma legislativa que ultima el Gobierno convertirá este precepto en ley.
«Ahora la ley contempla la custodia compartida como una excepción, pero el Supremo ha dictado que debe ser la norma general», remarca Lluís Coll, letrado del turno de oficio. «Así ambos se implican y comparten responsabilidad, aunque cuando residen en municipios diferentes -advierte- esta fórmula resulta mucho más complicada».
«El cambio es significativo, pues el juez llega a imponer la custodia compartida incluso en casos en los que la otra parte no lo pide», afirma Pedro Monjo, presidente del colegio de abogados en Menorca. Y aunque una parte de las mujeres aceptan con desagrado esta solución, «así al menos se evitan situaciones que resultaban claramente lesivas para el padre. Paga la hipoteca a medias pero tiene que salir de casa, mientras ella se queda con los niños». Incluso en casos muy puntuales, algunas lo aprovechaban para completar su salario.