La aerolínea Ryanair deberá pagar una indemnización de 2.000 euros a un pasajero que volaba de Maó a Madrid y al que le extraviaron su equipaje de mano cuando, por falta de espacio en la cabina, le obligaron a entregarlo para que viajara en bodega.
En una sentencia pionera, el Juzgado de lo Mercantil de Santander ha fallado a favor del viajero que denunció la pérdida de su equipaje de mano, y la cantidad a pagar por la compañía supera el límite de 1.430 euros estipulado por la normativa vigente (el Convenio de Montreal). Dicha cantidad es el máximo de responsabilidad que asumían las compañías aéreas, a menos que el viajero, al facturar su maleta, hiciera una declaración especial de valor del equipaje y pagara una suma suplementaria.