La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha puesto en su punto de mira las diversas regulaciones del alquiler turístico que se están aprobando en España, pero el Consell se mostraba este jueves tranquilo y convencido de que la llamada zonificación, la delimitación de las zonas en las que se podrá ejercer la actividad, que ha sido denunciada por Aptume (la Asociación por el Alquiler Turístico de Menorca) ante el ente que vela por la libre competencia, tiene todas las garantías legales.
Esta misma semana la CNMC, que tiene sobre la mesa la regulación menorquina, ha anunciado la presentación de recursos contencioso-administrativos contra las normativas de tres ciudades, Madrid, Bilbao y San Sebastián, donde defiende que las restricciones a la actividad –más suaves que en Menorca– «son contrarias a la competencia y a los principios de regulación económica eficiente, y perjudican a los consumidores y usuarios».
El director insular de Ordenación Territorial, Eduard Soriano, aseguraba ayer que en el Consell «estamos totalmente tranquilos» porque la zonificación ha seguido todo el proceso marcado, con informes técnicos y jurídicos favorables». En ese sentido defendió que la zonificación «mana de la Ley Turística» y cabe recordar que la CNMC solo puede impugnar ante los tribunales las regulaciones con rango inferior a ley que a su entender presenten obstáculos para que exista una competencia efectiva.
En ese sentido, el Consell –su postura fue respaldada ayer desde la Dirección General de Turismo del Govern– se muestra convencido de que la aprobación en pleno de la zonificación responde a la potestad que le otorga la Ley Turística y que está blindada contra una impugnación del órgano independiente que promueve la competencia efectiva. Pero sus argumentos van más allá al considerar que lo que hace la zonificación no es regular un sector económico, sino aplicar criterios urbanísticos y medioambientales, «cumpliendo con lo que marca la Unión Europea» y de acuerdo con sus competencias en dichos campos, según destacó Eduard Soriano.
A los tribunales
No opina lo mismo Josep Piris, de Aptume, la asociación que ha denunciado la zonificación ante el Defensor del Pueblo y ante la CNMC y desde donde consideran que las restricciones de Menorca son más elevadas que las que han aprobado las ciudades en las que la CNMC ha impugnado la regulación. Por el momento no han recibido respuesta de Competencia, sin embargo ya avanzan que en el caso de que no contesten en tiempo o que decidan no impugnar la zonificación (dan de plazo hasta final de mes) denunciarán ellos mismos la normativa.
El plazo para recurrir el acuerdo de pleno son dos meses desde su publicación oficial, por lo que termina a finales de septiembre. Si optan por la vía judicial, el Defensor del Pueblo ya les ha advertido que desistirá de pronunciarse ya que este órgano no se inmiscuye en cuestiones que ya están judicializadas. Lo que está claro es que terminará siendo un juez el que decida si la zonificación es legal.
Competencia va a por normativas mucho menos restrictivas que la de Menorca
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impugnado las regulaciones del alquiler turístico de Madrid, Bilbao y San Sebastián. En la capital de España el Ayuntamiento ha aprobado una especie de moratoria de un año en algunas zonas para dar nuevas licencias. El consistorio de Bilbao establece que solo pueden ser viviendas turísticas las plantas bajas o primeras de los edificios, entre otras limitaciones, como el número de habitaciones por casa. En el caso de San Sebastián existe la misma limitación de plantas bajas o primeras y se prohibe dar nuevas licencias en algunas zonas de la ciudad. Competencia entiende que estas medidas perjudican a los ciudadanos por cuanto impiden la entrada de nuevos operadores y consolida la oferta que ya cuenta con licencia, lo que asegura que provocará un aumento de precios y reducirá la calidad. Como vemos son normativas mucho menos restrictivas que la que pesa sobre Menorca, donde la zonificación no permita dar nuevas licencias ni en los núcleos urbanos tradicionales ni en el campo y la limita a las zonas turísticas. La gran diferencia es de forma. El Consell sigue lo que marca la Ley Turística, y la CNMC solo puede impugnar normativas inferiores al rango de ley.