Sendos informes de la Comisión Balear de Medio Ambiente, uno de julio de 2020 y otro de agosto de 2021, advierten a Ports de que la ampliación de los muelles de Son Blanc requieren la tramitación ambiental del proyecto. Concluye en ambos casos que la actuación se hallaría incluida entre los supuestos que figuran en el anexo 1 de la ley 12/2016 de evaluación ambiental de las Illes Balears, «dado que el proyecto supone un aumento de la superficie de ocupación de la lámina de agua». También podría incluirse en el anexo 2, que habla de «cualquier proyecto o actuación que pueda afectar a los ecosistemas marinos».
El estudio de impacto ambiental es necesario además, advierte la Comisión, «para identificar los impactos residuales sobre las praderas de posidonia afectadas», que habrían de incluir una aportación económica por parte del promotor de la obra al Fondo Posidonia para la restauración de las mismas.
En tercer lugar, la documentación ambiental que acompaña el proyecto no ha analizado otras comunidades y especies que podrían verse afectadas «como son las comunidades de algas fotófilas y otras comunidades bentónicas», señala el informe de agosto de este año.
Antoni Alorda, presidente de la comisión y miembro del Consejo de Administración de Ports de las Illes Balears, recuerda que discrepó en el seno de este organismo en relación a la construcción de los duques de alba sin tramitación ambiental, recordando que era necesario, aunque admite que no puede ser una exigencia, ya que la decisión corresponde exclusivamente a Ports.
0,06 % de ampliación
A pesar de la reiterada recomendación y los argumenos expuestos por la Comisión en sus informes, Ports ha decidido prescindir de la tramitación ambiental y seguir adelante. Considera que el proyecto de mejora y optimización de la explotación del puerto exterior de Ciutadella conlleva actuaciones que suponen un aumento de 300,25 metros cuadrados de lámina de agua, que implica una variación de solo el 0,06 por ciento.
Alega el organismo portuario en defensa de su decisión que tienen carácter «de modificación no sustancial las ampliaciones de infraestructuras que sean complementarias a las ya establecidas, siempre que se hallen en la zona de servicio del puerto y no supongan un incremento superior al 30 por ciento de la superficie ocupada por el mar».
Ports echa mano también del Decreto legislativo 1/2020 del 28 de agosto, que aprueba el texto refundido de la ley de evalución ambiental, con referencia concreta a los espigones y pantalanes de carga y descarga conectados a tierra que admiten barcos con arqueo superior a 1.350 toneladas. Expone que ambos muelles, el de levante y el de poniente, ya admiten buques con un arqueo superior y que los duques de alba, dos en cada uno de los muelles, servirán para reforzar estos «con el fin de mejorar la seguridad portuaria de amarre y maniobra, teniendo en cuenta que no modifican la tipología de los barcos» que operan actualmente en el dique de Son Blanc.