El Banco Bilbao Vizcaya ha solicitado al Juzgado la ejecución de la sentencia de la Audiencia Provincial que le da la razón en la demanda de desahucio contra una familia de Ciutadella, residente desde 2018 en un piso del Fondo Social de Viviendas de la misma entidad bancaria, en régimen de alquiler.
El banco ha pedido el lanzamiento forzoso «con el auxilio de la Policía para evitar cualquier situación problemática», dado que los inquilinos, padre, madre y dos menores de 14 y 7 años, permanecen en ella.
La sentencia es el resultado del recurso que había presentado el BBVA contra el fallo del Juzgado 1 de Ciutadella, emitido en febrero del año pasado, en el que desestimaba su demanda para desalojar a la familia al haber expirado el contrato de arrendamiento del piso situado en la calle Vila Juaneda.
En el juicio el abogado defendió que el banco le había enviado un burofax el 7 de junio de 2022 requiriendo la documentación en la que acreditara que seguía cumpliendo los requisitos de este alquiler de renta social para la extensión del contrato en un plazo de 40 días. Al no recibir contestación remitió un nuevo burofax el 29 de julio a la misma dirección de la vivienda en el que ya comunicaba a la familia la resolución del documento por no haberse prorrogado y le indicaban que debían salir de la vivienda el 30 de octubre.
La versión de la familia
El matrimonio aseguró en el juicio que no había recibido ninguno de los dos burofaxes y su abogado, José de Juan López, sostuvo que podían haberse dado muchos motivos para que la receptación no se produjera. Los justificantes de envío exhibidos por el banco en la vista oral no informaban de su contenido en ningún caso, lo que fue considerado por el juez para desestimar la demanda.
En 2021 el contrato de alquiler ya se había prorrogado de hecho puesto que ninguna de las dos partes había comunicado lo contrario. Por tanto es lícito, señalaba el juzgador, que los inquilinos pensaran que se iba a prolongar de la misma forma en este segundo año. Además la sentencia indicaba que no constaba acreditado en debida forma el remitente de los burofaxes ni su contenido, y que la entidad debía contar con otras vías de comunicación con los inquilinos, como móvil o mail.
La Audiencia Provincial, no obstante, ha revocado este fallo porque el banco ha demostrado que el primer burofax si consta como recibido por el padre de familia. En cuanto al segundo, indica que pese a los dos intentos de entrega en el domicilio de los demandados, el burofax fue devuelto a origen el 22 de agosto de 2022 por no haber sido retirado de la oficina.
Considera el tribunal que el banco cumplió con la Ley de Arrendamientos Urbanos y por este motivo no era necesario que extremara otras vías de comunicación con la familia. La sentencia no se ve alterada por la documentación que su abogado incorporó a la oposición de la demanda porque ya estaba fuera de plazo y porque se envió con posterioridad a la manifestación del banco de no prorrogar el contrato. Además condena a la familia al pago de 1.556 euros en costas del primer juicio.
El apunte
Pretenden negociar otra solución pero aseguran que no obtienen respuesta
José de Juan López ha pedido aal Juzgado 1 de Ciutadella el pago fraccionado de las costas del juicio que debe abonar la familia. Al mismo tiempo informan que sus representados quieren recurrir a una negociación para poder seguir en el piso pero todos los intentos para comunicar con el banco «han sido infructuosos, no contestan las llamadas».
Solicita también al Juzgado que facilite esta comunicación para evitar que la familia se quede en la calle. Los padres solicitado el mes pasado ayuda a los servicios sociales del Ayuntamiento de Ciutadella.