La jueza del ‘caso Puertos', Martina Mora, que investiga posibles irregularidades en la adjudicación de concesiones portuarias en Menorca y Eivissa, ve «indicios sólidos suficientes» para considerar acreditado que el concurso público para la gestión de 154 puestos de amarre y taller del muelle de Ponent del puerto de Maó se manipuló para beneficiar a Marina Asmen, una sociedad formada por seis empresas menorquinas.
Así se desprende del auto de la magistrada, de 161 páginas, que también incluye la investigación sobre el concurso en el que se benefició al Club Náutico de Eivissa. Ahora, la jueza inicia el trámite para juzgar a 17 personas, entre ellas al expresidente de la Autoritat Portuària de Balears (APB), Joan Gual de Torrella, quien pudiera haber cometido los delitos de prevaricación, fraude a la administración, tráfico de influencias y cohecho.
La jueza también apunta hacia el entonces director de la APB, Juan Carlos Plaza, y la jefa de la Abogacía del Estado en Balears y asesora de la APB, Dolores Ripoll, quienes junto a Gual de Torrella «se concertaron entre sí y con el particular beneficiado» para amañar los dos concursos.
En el caso de Menorca, la jueza considera que también contaron con la colaboración del delegado en la Isla de la APB, Vicent Fullana, y de los técnicos de la APB Armando Parada y Fernando Berenguer.
Según la jueza, «todos ellos actuaron en su condición de funcionarios públicos, cada uno dentro de las funciones que le eran propias, en aras de beneficiar injustamente al particular que resultó adjudicatario de la explotación del dominio público portuario», que en el caso de Menorca fue la entidad Marina Asmen SL, creada expresamente para concurrir a dicho concurso.
En este sentido, la magistrada señala que la empresa fue partícipe del amaño a través de su Consejo de Administración, del que formaban parte los representantes legales de las empresas que integraban la nueva sociedad. Por ello, se mantiene la imputación a Justo Saura, actual presidente de la patronal PIME-Menorca, el cual se considera que lideró las negociaciones con los responsables de la APB para que el concurso se adjudicara a las empresas menorquinas, y al que se atribuyen hechos constitutivos de un delito de prevaricación administrativa en la modalidad de inductor y cooperador necesario.
El auto también mantiene como investigados a Benito Reynés (Ciclos Reynés), Javier Mas (Menorca Nautic), Marc Pons Pérez (Pedro's Boat Center) y Basilio Sastre (Nautic Center Menorca), puesto que en su calidad de representantes de las empresas que formaban parte de Asmen eran conocedores de las negociaciones y las consintieron.
Confección de los pliegos
El auto señala que los investigados confeccionaron, «deliberadamente y con ánimo de poder controlar la resolución del concurso», unos pliegos con criterios poco definidos, y los negociaron con la empresa que finalmente resultó adjudicataria, que contaba con información privilegiada acerca de los aspectos que se iban a valorar y que no se explicitaban en las bases del concurso.
Además, la jueza considera que después de manipular la redacción de los pliegos, el concurso finalmente se adjudicó a Marina Asmen sin que la empresa contara con la mayor puntuación, para lo cual la Comisión Técnica, integrada por el director Juan Carlos Plaza y los técnicos Armando Parada, Fernando Berenguer y Vicent Fullana, redactó un informe que proponía a Asmen como la mejor oferta, introduciendo criterios de puntuación que no formaban parte de los pliegos.
Consejo extraordinario
El auto de la jueza Martina Mora también detalla lo que ocurrió en el Consejo de Administración de la APB que debía aprobar el ganador del concurso a propuesta de la mencionada Comisión Técnica, y que tuvo lugar el 25 de abril de 2018. Durante la celebración de la sesión, dos vocales del Estado, Enrique Braquehais (abogado del Estado que ocupaba el cargo de vocal por el Estado) y Jesús Gesé (ingeniero de Puertos del Estado que ocupaba el cargo de vocal por el Estado), se mostraron en desacuerdo con el informe de la Comisión Técnica, por entender que recogía criterios de valoración no incluidos en los pliegos del concurso, y anunciaron su voto en contra. Asimismo, la jueza refiere que en ese momento el Consejo se quedó sin cuórum suficiente, al abandonar la sala diversos vocales sin delegar el voto, por lo que no se pudo aprobar este punto del orden del día, dando lugar a una situación totalmente inédita.
Posteriormente, y a pesar del anunciado voto en contra de los dos vocales del Estado, Gual de Torrella convocó una sesión extraordinaria del Consejo de Administración para el 7 de mayo, en la que comparecieron los miembros de la Comisión Técnica para justificar su «informe arbitrario» a favor de Asmen. En este punto, la jueza remarca que no consta «ningún precedente de una actuación similar».
También intervino la abogada del Estado, Dolores Ripoll, que realizó un informe verbal que fue determinante para que la mayoría de miembros del Consejo votaran a favor de la propuesta.
El apunte
La magistrada descarta el soborno pero aprecia un interés político
La jueza del ‘caso Puertos’, Martina Mora, señala en su auto que de las diligencias practicadas en relación con la adjudicación irregular de los amarres del muelle de Ponent del puerto de Maó, no se aprecian indicios de «dádiva económica» como contraprestación a la resolución del concurso.
En cambio, la magistrada apunta a un «interés de rédito político» por parte del expresidente de la Autoritat Portuària de Balears (APB), Joan Gual de Torrella, y del el entonces director de la APB, Juan Carlos Plaza, puesto que sus cargos eran de designación política. Además, la jueza afirma que de las diligencias realizadas se desprende que la motivación de los funcionarios públicos Vicent Fullana, Armando Parada y Fernando Berenguer era la de «satisfacer a sus superiores».
Pérdida de ingresos
La jueza también indica que la adjudicación del concurso a favor de Marina Asmen supuso la pérdida de importantes ingresos en concepto de tasas a favor de la APB. Concretamente, el ente portuario dejó de ingresar 160.000 euros en tres años por este concepto, derivados de que la cantidad ofertada por la empresa a la que se adjudicó la gestión de los amarres era «notablemente» inferior a la que ofrecían el resto de entidades licitadoras.