El Ayuntamiento de Sant Lluís ha denegado la solicitud de apertura temporal del parque acuático de Biniancolla y amenaza con forzar su cierre precintando la instalación en el caso de que la propiedad decida retomar la actividad. La empresa pretendía mantener la explotación del Splash –que en estos momentos carece de licencia, anulada tras sentencia judicial– acogiéndose a la nueva ley de simplificación administrativa del Govern, pero el Consistorio considera que no cumple con los requisitos y que por ende no puede permitir que se reabra una instalación que carece de título habilitante.
La ley de simplificación administrativa establece en su artículo 45 que el Ayuntamiento puede conceder una autorización provisional de hasta dos años para «instalaciones complementarias que resulten imprescindibles o inescindibles para desarrollar la actividad principal», en el caso que nos ocupa la del Hotel Sur Menorca. El Consistorio no considera que se cumplan esos requisitos al entender que se trata de dos actividades distintas y que el hotel puede mantener su explotación sin necesidad de que abra el parque acuático contiguo.
El Ayuntamiento ya había expresado sus dudas sobre la posibilidad de que la propiedad se acogiera al citado artículo para reabrir esta temporada. Las dudas no han sido aclaradas con el informe solicitado al Consell insular, que ya lleva días sobre la mesa del Consistorio y al que este diario ha tenido acceso. El escrito emitido por el departamento de Servicio de Ordenación Turística de la máxima institución insular se limita a realizar un histórico de las autorizaciones turísticas concedidas y evita valorar la vinculación de ambas actividades y la posibilidad de su desarrollo independiente al recordar que dentro de la normativa turística no existe la figura del parque acuático como tipología de establecimiento.
No obstante desde el Consistorio interpretan que con el informe «queda claro que no existe vinculación alguna entre el hotel y el parque acuático porque son actividades distintas con licencias distintas». Infieren del documento una respuesta negativa a la posibilidad de acogerse a las condiciones de actividad imprescindible e inescindible. También recuerdan que existen tres resoluciones judiciales que vienen a denegar las peticiones de la empresa de continuar con la actividad y advierten de que en el caso de que reabra se les incoará un nuevo expediente, dándoles 48 horas para el cierre voluntario y, en caso contrario, procediendo al precintado de la instalación.
El expediente del pasado verano
El Ayuntamiento de Sant Lluís ya expedientó el pasado verano a la propiedad del parque acuático de Biniancolla por abrir sus puertas sin contar con licencia. El expediente se ha cerrado con una notificación de multa y de suspensión de actividad. Entonces el Consistorio se personó el establecimiento y dio 48 horas para su clausura, pero la empresa recurrió el decreto de alcaldía en los tribunales y mantuvo su actividad durante toda la temporada.
Los servicios jurídicos de la propiedad defendieron entonces que no se puede impedir la actividad del parque mientras no se resuelve el recurso judicial presentado contra la anulación de la licencia, un argumento que hasta tres resoluciones judiciales ha desmontado.
ViriatoLa diferencia entre Cesgarden (u Orfila SL) es que en estos casos se indemniza por NO dejar construir. En el caso del Splash, si se acaba indemnizando es por dejar construir donde no se podía. Es muy diferente.