Dos nuevas sentencias judiciales reiteran que el Ayuntamiento de Ciutadella no hace todo lo que debería hacer para acabar con las molestias para los vecinos que ocasionan los locales de ocio nocturno. En este caso los dos fallos, uno del Juzgado Contencioso-Administrativo y otro del Tribunal Superior de Justicia de Balears, se refieren a la denuncia interpuesta por residentes de la zona de las calles Sant Francesc y Sant Pere Alcàntara ante el ruido ocasionado por las personas que salen, entran o permanecen en los alrededores de un bar de la zona.
Estas dos sentencias van en el mismo sentido de las que se han dictado con motivo de los ruidos emanados de la zona de ocio de Es Pla. Es decir, concluyen que el Ayuntamiento de Ciutadella no actúa como sería preceptivo, con todas las medidas que serían necesarias, para acabar con una situación nociva para sus vecinos, comprobada mediante sonometrías y no rebatida de forma concluyente por los servicios jurídicos municipales, tal y como indican ambas resoluciones judiciales.
El origen del caso es una denuncia de un vecino, avalada por sonometrías, a causa de las molestias ocasionadas por las personas que salen del local Stand By para fumar y beber. Una sentencia inicial del 26 de marzo, entre otras consideraciones, apuntaba que, pese a la presencia en el lugar de los hechos de la Policía Local, «toda la actividad desplegada por la Administración se muestra ineficaz, además ninguna es tendente a evitar que se produzca la fuente del ruido que no es otra que la aglomeración de personas en la calle. El Ayuntamiento no ha realizado ninguna sonometría para ver que se está infringiendo la normativa de ruido y desplegar una actividad al respecto». Por ello, le instaba a actuar y le imponía las costas del juicio.
Ante esta sentencia, el Consistorio apeló al TSJB, cuestionando la validez de las pruebas y asegurando que sí se había actuado, con la citada presencia de la Policía Local. En cuanto a la primera cuestión, estima el Ayuntamiento que la sonometría no diferencia el ruido ambiente del que procede de la actividad del referido local.
Ante todo ello, el TSJB vuelve a fallar, el pasado 3 de junio, en contra del Consistorio. Argumenta, entre otras cosas, que las sonometrías aportadas por los denunciantes son adecuadas, que la presencia puntual de la Policía no es suficiente para acabar con un problema que se ha comprobado como continuado y que los propios informes aportados por la administración evidencian que carece de medios suficientes para velar por los derechos fundamentales de los vecinos, lo que no le exime de su responsabilidad en este sentido.
Al Ayuntamiento de Ciutadella le queda ahora la vía del recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Hace unos días se conoció otra sentencia en su contra, que le obliga a cerrar el aparcamiento de la zona de Es Pla por ser un espacio inundable.
Es veu que aquest és es famós "model de ciutat" de que presumien fa una anys el PSOE-PSM i companyia, porten 9 des darrers 10 anys governant i el tenen totalment implantat, un model de ciutat contra ses persones, Ciutadella pels bars i contra tots es drets des veïns, conculcant sobre tot es dret al descans de tots.