La Agencia Menorca Reserva de la Biosfera del Consell busca ofertas de asistencia técnica para elaborar el mapa de la Isla en función de la vulnerabilidad a la contaminación lumínica, una zonificación que permitirá aplicar sanciones cuando la iluminación interior o exterior exceda de lo permitido en los espacios definidos.
El Reglamento de Protección del Medio Nocturno (RPMN), aprobado de manera definitiva por el pleno del Consell en junio de 2021 –aunque se presentó y aprobó inicialmente en 2018–, prevé la elaboración de un mapa de zonificación lumínica, un instrumento que describe y determina las zonas y subzonas en función del grado de protección ante la contaminación lumínica, de acuerdo con la Ley 3/2005 de Protección del Medio Nocturno de Balears.
El Consell llama ahora a las empresas interesadas en el contrato a presentar ofertas hasta el 10 de septiembre y marca un plazo de seis meses para la ejecución del contrato, valorado en 7.500 euros (más IVA).
Delimitaciones
El objeto del contrato es la elaboración de tres mapas: la zonificación de la vulnerabilidad a la contaminación lumínica de Menorca; la zonificación de la Reserva Starlight (certificación que obtuvo la Isla en 2019, a partir de la definición precisa de las zonas núcleo y de amortiguación; y la delimitación de Destino Turístico Starlight, que contempla una zona núcleo que coincide con el núcleo de la Reserva Stalight y otra zona de protección alrededor (buffer) que comprende todo el territorio insular.
Los criterios de asignación territorial, que a título orientativo ofrece la Agencia para esa clasificación de acuerdo con su vulnerabilidad a la contaminación lumínica, definen hasta cinco tipos de zonas. La máxima protección corresponde a los llamados oasis de oscuridad, que serían el núcleo de la Reserva Starlight, el núcleo de la Reserva de Biosfera, los observatorios astronómicos y las zonas de interés definidas por los ayuntamientos.
Las zonas E1 y E2 serían de máxima y alta protección, respectivamente, a la contaminación por exceso de luz. Esas áreas coincidirían, en el primer caso, con los parques naturales, las ANEI (Área Natural de Especial Interés), las áreas rurales de interés paisajístico, los encinares protegidos, las reservas marinas, las áreas de protección marina y costera, el suelo rústico protegido y los espacios de la Red Natura 2000 (LIC, ZEPA, ZEC); también el trazado del Camí de Cavalls, las playas, las calas y las zonas de costa no integradas en los núcleos de población o núcleos industriales consolidados. Por último, la zona de amortiguación de la Reserva Starlight.
Merecerían una alta protección las urbanizaciones de costa y de interior, los núcleos rurales, el suelo rústico común, las áreas de transición fuera de las E1, polígonos industriales, zonas residenciales y periféricas de los núcleos urbanos, aparcamientos y zonas periféricas de áreas deportivas.
La protección moderada sería para los núcleos urbanos y las áreas deportivas sujetas a una normativa específica, como hipódromos, campos de fútbol, pistas de tenis y pádel o similares, que también podrían acogerse a las zonas de menor protección dentro de unos horarios establecidos para entrenamientos y competiciones. Esta última es una clasificación excepcional y si es posible, limitada en el tiempo.
Por último, se definirán zonas fuera de ordenación y de exclusión como los aeropuertos, helipuertos y puertos de interés general, así como todos los supuestos que recoge la Ley 3/2005, que serían también las instalaciones de las fuerzas y cuerpos de seguridad y las instalaciones de carácter militar; también los vehículos a motor y, en general, las infraestructuras cuya iluminación esté regulada por normas destinadas a garantizar la seguridad ciudadana.
¿ además estos xalecitos, no deberían estar en Pregonda, alcaldes incultos.