La Audiencia Provincial de Palma ha dictado sentencia en relación al macrojuicio por tráfico de drogas en la denominada 'Operación Robins' por la que se juzgó a 12 acusados los pasados 9 y 10 de marzo en el Juzgado de lo Penal, de Maó. Solo dos de ellos han quedado absueltos, ocho pactaron reducción de penas con el fiscal antes de la vista, mientras que los dos restantes han sido condenados a seis y cinco años y medio de prisión, respectivamente. La sentencia admite recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Valentin Gheonea, rumano, y Luis Uriel Morales Gómez, colombiano, han sido declarados culpables por un delito contra la salud pública que causa grave daño a la salud en cantidad de notoria importancia, en el primer caso, y con el agravante de reincidencia en el segundo. Gheonea, de nacionalidad rumana, recibe así el mismo castigo que Orestes Nevado, quien encargó la compra de la droga desde Menorca, José Manuel Tudurí, quien gestionaba la adquisicón desde una cárcel de Colombia, y Juan Ángel Bertomeu, quien la transportaba, considerados cabecillas de la trama que pretendía introducir 8,3 kilos de cocaína procedente de Colombia, en Menorca, a través de Barcelona donde el 'correo' fue interceptado por la Guardia Civil.
El fiscal solicitaba, en principio, ocho años y medio para los cuatro cabecillas, que se declararon culpables y aceptaron la reducción a seis años.
La Audiencia considera, a partir de las conversaciones telefónicas entre Gheonea y Orestes, que éste sí participó directamente en la trama al aceptar acudir al aeropuerto de Barcelona para recibir a la mula y mostrar disponibilidad a colocarla, en contra de los argumentos que ofreció su abogado en el juicio.
En cuanto a Luis Uriel Morales concurre el agravante de reincidente al haber sido ya condenado por tráfico de drogas en las islas canarias, y aunque no se encontrara cocaína en su domicilio en el momento del registro, sí se tiene en consideración que los agentes lo sorprendieran arrojando por el desagüe una sustancia sospechosa, las conversaciones telefónicas que delataban su actividad o que su entonces mujer, Janeth Gómez, admitiera su culpabilidad como cómplice en el mismo juicio y aceptara una pena de dos años de prisión.
Los otros cinco 'narcos' menores implicados en la operación pactaron entre uno y tres años de prisión.
Respecto a los dos ciudadanos ecuatorianos absueltos, C.A.G.T. y A.L.R.C., la magistrada concluye que las pruebas inculpatorias de su relación con los condenados no son suficientes. Ambos tenían alquilada una casa en Es Mercadal donde servían comidas latinas que frecuentaban los acusados, y en algunas ocasiones les habían conducido con su vehículo. Tampoco se pudo demostrar que esa casa fuera 'la guardería', es decir el lugar donde se guardaba la mercancía dopante.