Los dos hombres y la mujer condenados por el delito de usurpación al haberse instalado en un chalé de la calle Águila, de Cala Morell, durante el año 2022, deben desalojar el inmueble al haber sido desestimado el recurso de apelación presentado por su abogado contra la sentencia del Juzgado de Instrucción número 1 de Ciutadella, de finales del pasado año.
Los okupas continuaron entonces en el inmueble pese a la sentencia condenatoria mientras se resolvía el recurso. No solo lo hicieron sino que incluso estabularon un caballo y pusieron vigilancia privada en el inmueble que pertenece a un ciudadano italiano, sin que ostente la condición de gran tenedor.
La seccción segunda de la Audiencia no ve motivos para modificar el fallo al entender que no consta que ninguno de los ocupantes del inmueble esté en situación de miseria e indigencia puesto que ni siquiera consta la intervención de los servicios sociales.Ninguno de los tres denunciados se personó en el juicio celebrado en Ciutadella, recuerda la Audiencia.
Los recurrentes no alegaron, porque no pudieron hacerlo, tener ningún derecho sobre la vivienda, ni tampoco puede acreditarse que el chalé estuviera abandonado. «No existen datos para que los denunciados pudiesen considerar que sus dueños se habían desinteresado del inmueble, indica el fallo de la Audiencia, como sostuvo el abogado del propietario, José de Juan López.
El alto tribunal suscribe el fallo del Juzgado de Ciutadella y condena a los acusados a una multa de 360 euros por el delito de usurpación leve y al desalojo del inmueble. Quedará por tanto comprobar los daños que puedan haber causado los okupas en el interior del chalé durante el tiempo que hayan permanecido en él.