Se denomina el timo del teléfono roto y consiste en un tipo de fraude de ingeniería social que se basa en el envío de mensajes SMS (smishing) o WhatsApp en los que los delincuentes se hacen pasar por otra persona (suplantación de identidad) con el objetivo de estafar económicamente a las víctimas.
Eso fue lo que le sucedió a un hombre residente en Ciutadella hace un año, el 12 de junio de 2023. El ciberdelincuente se hizo con su número de teléfono móvil y le escribió un primer mensaje en el que le comunicaba, falsamente, que era su hija y que había perdido su teléfono móvil, por lo que estaba utilizando otro que le habían dejado. Le indicaba que necesitaba con urgencia pagar una factura que ascendía a 2.457 euros. El hombre, creyendo que realmente estaba hablando con su hija, le hizo una transferencia al número de cuenta bancaria que resultó ser la del estafador.
Veinte minutos después, el padre volvió a recibir varios mensajes de la falsa hija que le pedía una nueva transferencia por un importe de 2.538 euros porque no le había bastado con el dinero anterior. El hombre realizó esta segunda transferencia al mismo número de la cuenta corriente, sin que todavía hubiera podido hablar con su verdadera hija.
La avaricia del ciberdelincuente le hizo intentar una tercera estafa con la misma víctima, pero fue entonces cuando el padre sospechó que, probablemente, estaba siendo víctima de un engaño, como así sucedía y no le transfirió más dinero.
Cuando el hombre pudo contactar con su hija fue cuando constató que había sido víctima de un engaño por un valor de 4.994 euros, lo que le llevó a interponer la correspondiente denuncia en la comisaría de la Policía Nacional, en Ciutadella, que se tramitó en el Juzgado de Instrucción número 1 de la misma ciudad.
El juicio al acusado de estafa se celebró la pasada semana aunque se limitó a la lectura de la sentencia acordada por el Ministerio Fiscal y la abogada de la víctima. El estafador aceptó la conformidad que le supuso una condena de seis meses de prisión, que no cumplirá al suspenderse la ejecución de la pena, siempre que no vuelva a delinquir en el plazo de dos años, y a indemnizar a su víctima con la misma cantidad que le estafó.