El permiso por mudanza en España está regulado por el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce el derecho de todo empleado a ausentarse del trabajo con retribución cuando traslade su domicilio habitual. Esta normativa, vigente también para 2026, establece un mínimo de un día retribuido, aunque los convenios colectivos pueden mejorar estas condiciones según el sector o empresa. Se trata de un derecho fundamental que permite conciliar las obligaciones laborales con situaciones personales excepcionales, como el cambio de residencia. La legislación laboral española contempla este permiso como parte de los derechos retribuidos del trabajador, requiriendo únicamente que se notifique con antelación al empleador y que se justifique adecuadamente.
El trabajador debe avisar con tiempo y presentar la documentación necesaria que acredite el traslado de domicilio. Esta justificación puede realizarse mediante diferentes documentos oficiales, desde certificados de empadronamiento hasta contratos de compraventa o alquiler de vivienda, garantizando así la transparencia en el ejercicio de este derecho. El marco normativo actual permanece sin cambios significativos para 2026, manteniendo las condiciones establecidas en el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, muchas empresas y sectores han desarrollado políticas internas más favorables que amplían tanto la duración del permiso como las circunstancias en las que puede solicitarse, especialmente cuando el traslado implica cambio de ciudad o comunidad autónoma.
Según establece la normativa vigente, la duración legal mínima es de un día retribuido por mudanza del domicilio habitual. Este día debe ser abonado íntegramente por la empresa, sin que suponga descuento alguno en el salario del trabajador. La retribución corresponde al salario diario que percibe habitualmente el empleado, incluyendo tanto el salario base como los complementos salariales que le correspondan según su categoría profesional. No obstante, este mínimo legal puede verse ampliado considerablemente.
Los convenios colectivos o la empresa pueden establecer condiciones más beneficiosas, como dos o tres días en caso de mudanzas a otra localidad, especialmente cuando la distancia supera los 50 o 100 kilómetros. Algunos convenios sectoriales contemplan hasta cinco días cuando el traslado implica cambio de comunidad autónoma o cuando el trabajador debe desplazarse al extranjero por motivos laborales que requieren cambio definitivo de residencia. Para ejercer este derecho laboral, el trabajador debe avisar con antelación a la empresa sobre la fecha en que necesita ausentarse.
Aunque la ley no especifica un plazo concreto, se recomienda comunicarlo con al menos 15 días de antelación para facilitar la organización del trabajo. Esta comunicación debe realizarse preferiblemente por escrito, dirigida al departamento de recursos humanos o al responsable directo. La justificación constituye el segundo requisito fundamental. Si te lo piden, debes justificar el traslado mediante documentación oficial que acredite el cambio de domicilio habitual. Entre los documentos válidos se encuentran el certificado de empadronamiento en el nuevo domicilio, el contrato de compraventa de la vivienda, el contrato de arrendamiento, las facturas de empresas de mudanzas o cualquier otro documento oficial que demuestre fehacientemente el cambio de residencia.
Es importante destacar que el permiso se concede exclusivamente para el traslado del domicilio habitual del trabajador, no para mudanzas de familiares o cambios de domicilio secundarios. La empresa puede solicitar que la documentación acreditativa se presente antes de la ausencia o inmediatamente después, según lo establezcan las políticas internas o el convenio aplicable. Los convenios colectivos sectoriales o de empresa pueden establecer condiciones más favorables que las previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
Por ejemplo, el convenio de comercio de algunas comunidades autónomas contempla dos días para mudanzas dentro de la misma provincia y tres días para traslados interprovinciales. El convenio de oficinas y despachos amplía este derecho a dos días retribuidos sin necesidad de justificar la distancia del traslado. En sectores como la construcción, el metal o la hostelería, las condiciones varían significativamente según la provincia y el tipo de empresa. Algunos convenios establecen días adicionales cuando el trabajador debe cambiar de residencia por razones relacionadas con traslados laborales decididos por la empresa.