Transcurridos más de dos años desde el precinto y cierre de la gasolinera Galp de Son Vilar, en Es Castell, su futuro sigue enredado en los tribunales, después de que la empresa presentara un recurso contencioso, que se tramita ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma, para intentar evitar la demolición completa y la restitución de los terrenos.
Este último recurso de la empresa Gasolina y Gasoils Low Cost Menorca, S.L. vino motivado por el acuerdo de la junta de gobierno local del Ayuntamiento de Es Castell en el que se denegaba su proyecto de derribo parcial, en la zona de repostaje de una isleta, y de legalización de la actividad de alimentación y punto de suministro, por no ajustarse a la sentencia que obligó a cerrar la estación de servicio.
En el mismo acto se acordó encargar a los técnicos municipales la redacción del proyecto de demolición, según los términos de la sentencia (323/19 de 30 de septiembre de 2019) que declaró improcedente la licencia.
El Ayuntamiento de Es Castell por su parte está a la espera de la respuesta del juzgado al incidente de nulidad que interpuso, el pasado abril, ya que según alegan sus servicios jurídicos, no se le trasladaron en tiempo y forma las diligencias para poder contestar la demanda de Galp y defender la legalidad del acto administrativo que esta pretende impugnar. De este modo, el contencioso sigue pendiente de si el juez concede o no el plazo requerido por el Consistorio y de que se dicte la sentencia.
La empresa demandante que inició este proceso judicial, Estación de Servicio Rosselló, S.L., ya ha respondido este último recurso al juzgado. La letrada de los demandantes es Marta Vidal, quien fue consellera de Vivienda, Territorio y Movilidad en el gobierno de Marga Prohens hasta su renuncia en julio de 2024.
Dilación «injustificada»
En la contestación a la demanda de Galp para llevar a cabo una demolición parcial, los abogados de Estación Rosselló argumentan que el recurso de la cadena de gasolineras de bajo coste solo pretende la «dilación injustificada» de la ejecución de la sentencia firme de 2019 –que declaró la nulidad de la licencia–, y la «judicialización» de la competencia municipal, que define los términos en los que se debe cumplir dicha sentencia.
Añade que no cabe deducir que cualquier proyecto que convierta la actividad de suministro de combustible en secundaria sea conforme a la sentencia, para evitar la demolición que ordenó el Ayuntamiento, y recuerda que, según informe del secretario municipal, la consecuencia a la nulidad de la licencia, en estricta ejecución de la sentencia de 2019, debe ser la demolición íntegra.
MariaTambién hay que entender que si es verdad lo que dice las noticias, no es una competencia muy justa puesto que a la gasolinera de Abu Umar le exigieron muchos más permisos que a la de Son vilar para ejercer la misma actividad, puedo entender al demandante, aquí el responsable de este despropósito es el que autorizo dicha actividad...