El parque acuático Splash de Bininancolla (Sant Lluís) tendrá que cerrar sus puertas al público en un máximo de 48 horas. Finalmente, el plazo para ejecutar la orden ha empezado a contar en la mañana de este jueves, momento en que la propiedad ha recibido oficialmente la notificación enviada por el Ayuntamiento de Sant Lluís
El consistorio preveía inicialmente un plazo de diez días para dar acuse de recibo de la orden de cesar la actividad de la instalación por no contar con licencia municipal. El Consistorio advierte de que si los responsables del parque acuático no acatan la orden de cierre en esas 48 horas, tomará medidas para forzar su cumplimiento, como el corte del suministro de agua y luz y el precinto de la entrada a la instalación.
No obstante, fuentes de la empresa indican que todavía no existe una resolución en firme del contencioso administrativo que se presentó en contra del acuerdo de pleno que anulaba la licencia de actividad. Por este motivo, consideran precipitada la decisión de la alcaldesa.
A instancias de los servicios jurídicos
El Ayuntamiento inicia este procedimiento sancionador, con medida cautelar de cierre, en cumplimiento del acuerdo de pleno que el 26 de octubre de 2022 aprobó la nulidad de la licencia que permitió la construcción del parque acuático en el año 2015. Desde el Consistorio aseguran que se limitan a cumplir con las resoluciones judiciales dictadas y evitar incurrir en infracciones administrativas y penales.
Los servicios jurídicos de la corporación han invitado al equipo de gobierno a tomar la medida de fuerza teniendo en cuenta que en rigor el parque se explota sin la correspondiente licencia y que cualquier accidente que se produjera dentro de las instalaciones podría terminar salpicando al Consistorio, que sería corresponsable.
El interés general, invalidado
Cabe recordar que la nulidad de licencia llegó después de que el Tribunal Superior de Justitica de Balears invalidara el interés general otorgado al proyecto en el año 2014 por el Consell insular, entonces gobernado por el PP y con la hoy consellera balear Marta Vidal como máxima responsable del departamento de Ordenación del Territorio.
La sentencia, que ahora está recurrida y sin resolución firme, echaba por tierra los argumentos para dar el visto bueno a la construcción de un parque acuático en suelo rústico protegido, que era una actividad que contribuía a la desestacionalización, a pesar de que solo abre en los meses de temporada.