Después de la sentencia que absuelve al joven británico que amenazó con estallar con una bomba un avión que volaba a Menorca, su abogada, Margarita Quintana, solicitará ahora a la Audiencia Nacional que le sea devuelta la fianza de 10.000 euros que tuvieron que pagar sus padres para quedar en libertad tras declarar ante el juez, el 5 de julio de 2022, y el móvil que le fue retenido.
En el volcado del aparato la Guardia civil no halló ningún contenido que pudiera relacionarle con el terrorismo talibán. El Ministerio de Defensa y el fiscal disponen de un plazo de 10 días para presentar recurso ante la Sala de lo Penal de la misma Audiencia Nacional.
La sentencia absolutoria del delito de desórdenes públicos le exime de indemnizar con 95.000 euros al Ministerio de Defensa, que se personaba como acusación particular, y de pagar una multa de 22.500 euros. El coste que implica la movilización de los dos aviones caza F18 que custodiaron al avión de Easyjet hasta Menorca tras entrar en el espacio aéreo español, deberá asumirlo, en principio, el Estado.
Para el juez, una vez analizados los hechos y el tipo penal que le atribuyen las acusaciones, su actuación no puede considerarse como constitutiva de delito. De la acción del acusado, señala, «no se revela ni se infiere remotamente una intención de provocar la movilización del avión del ejército, ni de cualquier otro servicio de policía, asistencia o salvamento», que exige el precepto legal del artículo 561 del Código Penal en su redacción actual.
«No puede obviarse que el citado mensaje y la fotografía no se envía a ningún organismo oficial, ni se le da publicidad alguna, que llevaría de forma ineludible a la correspondiente movilización de los pertinentes servicios de policía, asistencia o salvamento, que se revela como lo más adecuado si se pretende provocar la movilización de esos servicios», apunta.
Y añade que, muy al contrario, el mensaje se realiza «en un ambiente estrictamente privado entre el acusado y sus amigos con los que vuela, a través de un grupo privado al que solo ellos tienen acceso, por lo que ni remotamente el acusado podía suponer (como expresamente señala éste en el juicio), que la broma que gastaba a sus amigos pudiera ser interceptada o detectada por los servicios británicos, ni por terceros ajenos a sus amigos que reciben el mensaje».
El juez afirma que se desconoce cómo llegaron los servicios británicos a conocer la fotografía y el mensaje enviados, «al no haber sido objeto de prueba en el juicio», si bien, insiste, no se atribuye al acusado una intención de movilizar los servicios indicados.