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El Consell Consultiu rechaza que se indemnice a la promotora del parque acuático de Biniancolla

Dictamina que el Consell no actuó de oficio y que la empresa debe soportar el daño alegado

Panorámica de las instalaciones del parque acuático junto al hotel Sur Menorca en Sant Lluís. | R.L.

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El Consell Consultiu de Balears avala la postura del Consell de Menorca de desestimar la indemnización a los promotores del parque acuático de Biniancolla, que piden 30,6 millones de euros por daños derivados de la nulidad de la declaración de interés general para el proyecto, en 2014, y la posterior licencia municipal para su apertura. La resolución que desestima la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la mercantil Promoción y Desarrollo Turístico de Menorca se aprobará en el próximo pleno del Consell, previsiblemente en el último de la legislatura, y dejará como única salida al conflicto la vía judicial, a la que la empresa tiene previsto acudir.

El órgano de consulta de la Comunidad Autónoma da la razón al Consell y frena las pretensiones de la empresa, representada por el hotelero Luis Casals, con el argumento de que «no todo el daño causado por la Administración ha de ser reparado» y que en este caso particular, la entidad promotora «tiene el derecho jurídico de soportar el daño presuntamente alegado». Para el Consejo la razón es clara: tanto la declaración de interés general como la licencia municipal que se concedió después, se dictaron a instancias de parte, es decir, no se iniciaron de oficio por la Administración sino que se otorgaron a petición de la propia promotora. Esta «se esforzó» en motivar en su escrito de solicitud la legalidad de la instalación de un parque acuático en suelo rústico protegido, arguye el informe, «para intentar convencer a las administraciones competentes de que se cumplía con los requisitos legalmente establecidos.

En su dictamen, emitido en septiembre de 2022, el Consell Consultiu de Balears insiste en que fue la petición de la promotora la que motivó la declaración de interés general, que esta no se produjo de oficio, y que el perjuicio no debe imputarse siempre a la Administración, «por el simple hecho de que la jurisdicción anule un acto administrativo, sino que es necesario que concurra la antijuricidad de la lesión», es decir, que el acto concreto se haya llevado a cabo en contra de las exigencias del ordenamiento jurídico.

El apunte

Ni efecto desestacionalizador ni suspensión de actividad al revisarse la licencia

El informe del Consell Consultiu señala que «durante todo este tiempo no se ha suspendido la actividad del parque acuático, ni siquiera durante la sustanciación del procedimiento de la revisión de oficio por parte del Ayuntamiento». Es algo que se esgrime frente a la reclamación de la promotora, que cuantifica el perjuicio en 30.636.781 euros más intereses debido a la nulidad de la declaración de interés general y de la licencia municipal. El Tribunal
Superior de Justicia de las Illes Balears anuló la declaración de interés general otorgada por el Consell en 2014, lo que motivó su revocación por el Consell en 2021 y la nulidad de la licencia del Ayuntamiento en octubre de 2022.

El Consultiu lanza una pulla a la promotora al recordar que el principal argumento para lograr la declaración de interés general era el efecto desestacionalizador del parque, «cuando en su página web el complejo aparece cerrado en la temporada baja, a partir del 31 de octubre», señala.

Las claves
  1. La declaración de interés general se revocó en 2021

    El litigio nació del recurso de alzada interpuesto por Delfines Centre Sport contra la declaración de interés general otorgada por el gobierno del PP en el Consell. Tuvo un recorrido de siete años en los que el parque de Biniancolla estuvo en funcionamiento. Josep Pastrana revocó en enero de 2021 la resolución de interés general firmada por Marta Vidal en 2014.

  2. Permisos que la propia empresa solicitó

    El análisis jurídico apunta que la propia empresa se esforzó por convencer de que su proyecto en suelo rústico era viable y merecedor del interés general. «No todo daño causado por la Administración debe ser reparado», dice el Consell Consultiu

  3. La reclamación asciende a 30,6 millones de euros

    La entidad Promoción y Desarrollo Turístico de Menorca presenta la reclamación patrimonial ante el Consell por valor de 30,6 millones de euros. La institución rechazará en el próximo pleno dicha solicitud, con el aval del ConsellConsultiu de Balears, que recuerda que las instalaciones no han suspendido su actividad durante el procedimiento.

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