Duro revés judicial contra el parque acuático de Biniancolla. El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha rechazado en segunda instancia la petición de la empresa promotora de mantener la instalación abierta mientras no se resuelva el contencioso presentado contra el Ayuntamiento de Sant Lluís por anular la licencia de obra y actividad del parque.
La sentencia ratifica el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Palma y subraya que el Consistorio «no puede tolerar que se ejerza una actividad que carece de los requisitos habilitantes», por mucho que aún no se haya aclarado si el procedimiento seguido por el municipio para dejar sin efecto la licencia se ajusta a derecho.
La resolución judicial del TSJB viene a avalar y reforzar los argumentos utilizados por el Ayuntamiento cuando el pasado mes de junio decretó el cierre urgente de las instalaciones: en resumen, que para cumplir con la legalidad debe exigir al parque una licencia que le permita seguir ejerciendo su actividad. Esta no existe desde que el pleno acordó en octubre de 2022 su nulidad. Aceptar la medida cautelar que pedía la empresa para dejar en suspenso esa anulación hasta que se resuelva el recurso presentado comportaría otorgar «una suerte de licencia judicial sin previamente verificar que se cumplen todos los requisitos normativos para el ejercicio de la actividad», advierte la sentencia.
Acto seguido recuerda que la nulidad de la licencia se declaró precisamente porque no se cumplían esos requisitos, en alusión a lo que motivó que el Ayuntamiento de Sant Lluís tomara esa decisión, la anterior anulación firme de la declaración de interés general que el Consell insular, entonces gobernado por el PP, había otorgado para permitir que se levantara un parque acuático en suelo rústico con el argumento de que contribuía a desestacionalizar la actividad turística, aunque solo abriera sus puertas en temporada.
Última instancia
La sentencia del TSJB no agota la vía judicial. La empresa tiene derecho –fuentes municipales explicaban ayer que lo van a ejercer– de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. No suele ser una opción con muchas posibilidades de éxito, pero puede tener un efecto dilatorio para retrasar el cierre del parque. No obstante, el Ayuntamiento de Sant Lluís se vuelve a ver impelido por otra resolución judicial, esta vez del TSJB, a ordenar su clausura. La sentencia señala en ese sentido que aceptar que el parque continúe abierto «afectaría gravemente al interés público».
En ese sentido pone de manifiesto que los intereses particulares de la empresa propietaria del parque acuático, Promoción y Desarrollo Turístico de Menorca SL, son «meramente económicos», frente al «potente interés público centrado en evitar que se permita la continuidad» de una actividad que carece de licencia.
Cabe recordar que la promotora no cumplió con la orden de cierre del Ayuntamiento y mantuvo abierto el parque acuático tras presentar otro contencioso, este por defectos de forma en el decreto de Alcaldía emitido por la alcaldesa, Loles Tronch, en el que se les daba un plazo de 48 horas para el cese de actividad. El recurso fue admitido a trámite pero no se ha resuelto. También hay que tener en cuenta que el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico aseguró que el expediente de demolición está paralizado a la espera de que haya sentencia firme. Mientras tanto, la amenaza de indemnizaciones sobrevuela tanto el Consell, como el Consistorio.
NewtonSusanita mora y la Morlà de alcaldesa estaban guapas en la foto de la inauguración...